Cuando una persona transmite un bien que le pertenece en favor de otra persona que lo acepta, está realizando una donación.
A diferencia de las herencias, las donaciones pueden ser Inter vivos (entre personas vivas) o mortis causa (como consecuencia de un fallecimiento), pero en ambos casos la donación requiere que sea aceptada y produce efectos sólo cuando se ha producido la aceptación del donatario.
Pueden donar todas aquellas personas que por ley puedan disponer de sus bienes, pudiendo ser donados únicamente los bienes que el donante posea en ese momento, o en el momento de su fallecimiento, y por lo tanto: