Para finalizar los trámites de una herencia precedemos a la entrega de bienes, esto significa que el heredero o herederos pueden hacer toma de los bienes, inmuebles o dinero en metálico que el fallecido les haya dejado en la herencia.
En el caso de los bienes inmuebles, es recomendable inscribirlos en el Registro de la Propiedad a nombre del nuevo propietario. Para ello, deberemos llevar al Registro el cuaderno particional. También deberemos inscribir todos los derechos relacionados con ese inmueble, como es el usufructo.
Si no están inscritos en el registro de la propiedad, algo que no es obligatorio, deberíamos haber hecho la partición de la herencia bajo una escritura pública, porque así, la notaría ya habrá comunicado al catastro quienes son los nuevos titulares del inmueble.
En el caso de recibir dinero, valores o seguros, deberemos acudir a las entidades bancarias y aseguradoras con el cuaderno particional. Además, deberemos acreditar el pago de los impuestos pertinentes.
Si recibimos un vehículo en la herencia, deberemos tramitarlo a través de la Dirección General de Tráfico.