Liquidación de impuestos por fallecimiento

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      Liquidación de impuestos por fallecimiento

      Cuando una persona fallece y los herederos reciben algún bien en herencia o donación, están obligados a realizar una liquidación de impuestos por fallecimiento:

      El Impuesto de sucesiones y donaciones: es un impuesto que grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título gratuito por personas físicas (herencia, donación, legado…) y aunque es obligatorio en todo el territorio español, la gestión de este impuesto está cedida a las comunidades autónomas, por lo que el gravamen variará mucho en función de la comunidad en la que se produzca el fallecimiento.

      Las operaciones sujetas a la liquidación de impuestos de sucesiones y donaciones serán aquellas en las que, una persona física obtenga un incremento de patrimonio, incluyendo las indemnizaciones pagadas por los seguros de vida.

      Existen tres supuestos en los que se debe presentar este impuesto y por lo tanto quedando obligados al pago:

      Las personas que reciban bienes por donación en vida (adquisiciones intervivos)

      Las personas que resulten beneficiarias de un seguro de vida.

      Según se trate de una gestión de sucesiones o de una gestión donaciones, el plazo para la liquidación de impuestos por fallecimiento será de 6 meses a contar desde la fecha de defunción y su presentación debe realizarse en la comunidad autónoma donde se ha producido el fallecimiento para el caso de las herencias, y de 30 días hábiles a contar desde el día en que se realice la donación, quedando condicionado el lugar de presentación al tipo de bien donado, cuando se trate de donaciones.

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      Nuestro servicio para la liquidación de impuestoscomprende:

      Asesoramiento e información fiscal sobre este impuesto (legislación aplicable, bonificaciones, beneficios fiscales, plazos, etc.)

      Confección de los modelos del impuesto de sucesiones y donaciones (modelos 650 y 660) así como su presentación en la correspondiente oficina liquidadora.

      Redacción del documento de relación de bienes y derechos de la herencia.

      Envío de toda la documentación ya confeccionada y presentada.

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      Preguntas frecuentes

      Preguntas frecuentes sobre la liquidación de impuestos por fallecimiento

      Son dos los impuestos que por regla general van asociados a una herencia y al fallecimiento de un familiar:

      Impuesto de sucesiones.

      Impuesto de sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o también llamado “Plusvalía Municipal”.

      El plazo para la presentación de estos impuestos es de 6 meses desde el fallecimiento, pudiendo pedirse una prórroga de otros 6 meses, si bien esta prórroga genera intereses de demora.

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